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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2015-S3

    Fecha: 03-Jul-2015

    II.4.

    II.4.  A través del memorial de 9 de junio de 2014, el actual accionante solicitó se cumpla la ejecución de Sentencia resolviendo las solicitudes pendientes, obteniendo como respuesta la providencia de 24 del mismo mes y año, que refirió: “A lo principal AL OTROSI 1 Y AL OTROSI 2.- Estese a la providencia de la fecha…” (sic) (fs. 28 a 30).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Contenido y alcances del derecho de petición
    • 1) La petición de manera individual o colectiva, verbal o escrita; 2) La obtención de respuesta, sea esta favorable o desfavorable; 3) La prontitud y oportunidad de la respuesta; y 4) La respuesta en el fondo de la petición
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • AL OTROSI 1 y AL OTROSI 2
    • REVOCAR

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