SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2015-S1

Fecha: 28-Jul-2015

III.3.2. Derecho a la salud


Asimismo el accionante alega la lesión del derecho a la salud;                 al respecto, se tiene que el mismo se halla reconocido por el                  art. 18.I de la Ley Fundamental, que dispone: "Todas las personas tienen derecho a la salud"; señalando el art. 35.I de                              la CPE, que es deber del Estado, en todos sus niveles, proteger el derecho a la salud, a su vez el art. 37 de la Norma Suprema, establece la obligación del Estado de garantizar y sostener el referido derecho.