Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2015-S2
Fecha: 08-Jul-2015
II.4.
II.4. La Responsable de la Mesa Defensorial Yungas, de la Defensoría del Pueblo, María del Carmen Flores Valverde, a través de dos notas cite: DP/MDY/AC/01/2015, ambas de 9 de enero de 2015, la una dirigida al Fiscal de Materia de Caranavi y la otra al Comandante de la Policía Boliviana de Caranavi, realiza la representación oficial, en relación a las medias de seguridad que se deben adoptar en los casos 371/14 y 567/14, en resguardo de la integridad de los adolescentes involucrados, ante la amenaza de linchamiento de los vecinos de “Santa Ana de Mosetenes”, a los efectos de la audiencia de inspección técnica ocular, señalada para el 9 del mismo mes y año, en la referida comunidad (fs. 5 a 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- celeridad
- pronta, oportuna
- Fragmento 15
- que tiene por objeto implementar procedimientos para agilizar la tramitación de las causas penales, a efecto de descongestionar el sistema penal y reducir la retardación de justicia para garantizar una justicia pronta, oportuna y eficaz, en el marco de la Constitución Política del Estado
- III.3. Análisis del caso concreto
- la libertad un derecho de carácter primario
- CONFIRMAR