SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2015-S2
Fecha: 08-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante De los accionantes, denuncia la vulneración del derecho a la libertad, a la garantía del debido proceso, a la igualdad de las partes, a la defensa, a ser oído ante la autoridad competente y los principio de inocencia, al principio de celeridad y otros; toda vez que en la audiencia de cesación a la detención preventiva señala para el 5 de enero de 2015, la misma fue suspendida por segunda vez; no obstante que el Juez de la causa señaló nueva audiencia para el 9 del mes y año a horas 17:00, el Fiscal de Materia a cargo, fijó audiencia de inspección técnica ocular para la misma fecha, en horas de la mañana, sin tomar en cuenta el tiempo que requiere el traslado hasta la comunidad de “Santa Ana de Mosetenes”, a donde llevó a los imputados día antes, para que no intervinieran en dicho actuado, imposibilitando su asistencia, en horas de la tarde a la audiencia de cesación, la que fue suspendida por tercera vez.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- celeridad
- pronta, oportuna
- Fragmento 15
- que tiene por objeto implementar procedimientos para agilizar la tramitación de las causas penales, a efecto de descongestionar el sistema penal y reducir la retardación de justicia para garantizar una justicia pronta, oportuna y eficaz, en el marco de la Constitución Política del Estado
- III.3. Análisis del caso concreto
- la libertad un derecho de carácter primario
- CONFIRMAR