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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0768/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0768/2015-S2

    Fecha: 08-Jul-2015

    I.2.1. Ratificación de la acción

    La parte accionante, ratificó lo expuesto en la demanda de acción de libertad, haciendo énfasis en que el incidente de actividad procesal defectuosa debe ser resuelto antes de la audiencia de medidas cautelares y no en la audiencia conclusiva, dónde ya su derecho puede haber sido afectado, en observancia del principio de celeridad.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de libertad y el debido proceso
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • CONFIRMAR en todo

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