SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2015-S3

Fecha: 22-Jul-2015

1)

Francisco Franco, Ana María Viera Vaca, Miriam Velasco Mercado, Ilsa Virreira Barba, Fanny Franco de Moreno, Elio Paraba Hurtado y María del Rosario Paraba Hurtado, mediante informe presentado el 9 de enero de 2015, cursante de fs. 173 a 175 vta., indicaron lo detallado a continuación: 1) Son más de ocho años que viven asentados en los terrenos antes indicados, en quieta, pública y pacífica posesión sin haber sido perturbados por ningún supuesto propietario; 2) Recién el año 2014, se presentó una de las accionantes alegando que los terrenos eran suyos e indicó que si querían adquirirlos no había ningún problema porque ella los transfería a un precio justo, dándoles un plazo de noventa días para regularizar su situación, o de lo contrario, indicó que los desalojaría por la fuerza; esto sin exhibir ningún documento de propiedad; 3) Por las facturas de los servicios de agua y energía eléctrica, y fotografías de sus viviendas -adjuntas en el referido informe-, se demuestra que el tiempo de asentamiento sobrepasa los ocho años; cuentan con de calles, alumbrado público, canchas polifuncionales y una capilla; y, 4) La presente acción es improcedente puesto que no se observó el plazo de inmediatez previsto en el art. 129.II de la CPE, ya que como manifestaron anteriormente, se encuentran en posesión de los inmuebles por más de ocho años.

Juanito Choré Ortiz, Ana Gabriela Ponce Viscarra, “Shirlei” Souza Santos, María Teresa Soliz Chuve, Frankling Banegas Virreira, Gilfa y Nestor Edmundo Arce Montero, Wilson Fuentes, Asunta Pessoa Rojas, Pablo Alvis, Claudio Javier Paraba Espinoza, Roberto Acosta, Fausto Franco Méndez, a través de su abogado, en audiencia, se ratificaron en el informe señalado supra.