Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/2015 de 9 de enero, cursante de fs. 237 a 238, pronunciada por el Juez Mixto de Partido y de Sentencia Penal de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III.1. De la protección a la propiedad a través del Amparo Constitucional cuando se denuncia medidas de hecho y la carga probatoria.
- 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela;
- es la que debe demostrar su derecho propietario y la existencia de vías o medidas de hecho
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR