SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2015-S3

Fecha: 22-Jul-2015

III.2. Análisis del caso concreto

Bajo esas circunstancias, no existiendo certidumbre respecto a los hechos alegados, y más bien constatarse la existencia de controversia sobre el tiempo en que las personas demandas ingresaron a poseer los terrenos y de las medidas de hecho denunciadas, no es posible que este Tribunal Constitucional Plurinacional conceda la tutela, pues en todo caso corresponde que los hechos ahora denunciados sean dilucidados y resueltos en la vía ordinaria, ya que la acción de amparo no es “…la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos…”, (SC 0675/2011-R de 16 de mayo), situaciones bajo las cuales tampoco es posible realizar una excepción a la subsidiariedad.