Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
I.1.3. Petitorio
Igualmente, solicitaron como medida cautelar prohibir a los demandados contratar e innovar en los terrenos objeto de la litis; en ese sentido, el Juez Mixto de Partido y de Sentencia Penal de San José de Chiquitos en suplencia legal de su Similar de Puerto Suárez, ambos del departamento de Santa Cruz, ordenó a los demandados abstenerse de introducir mejoras y realizar actos de disposición en tanto se resuelva la presente acción de defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III.1. De la protección a la propiedad a través del Amparo Constitucional cuando se denuncia medidas de hecho y la carga probatoria.
- 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela;
- es la que debe demostrar su derecho propietario y la existencia de vías o medidas de hecho
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR