SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2015-S3

Fecha: 22-Jul-2015

a)

El abogado del accionante ratificó y reiteró el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional; y amplio, señalando que: a) El motivo de la presente acción de defensa no es determinar un derecho propietario, sino que se responda las diferentes notas presentadas al Gobierno Autónomo Municipal de San Julián; y, b) De acuerdo a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez”, así como también el Código Tributario Boliviano, los gobiernos autónomos municipales tienen la obligación de cobrar los impuestos anuales sobre inmuebles.