Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se ordene al Gobierno Autónomo Municipal de San Julián del departamento de Santa Cruz, responda de manera pronta y formal a la petición sobre el cobro de impuestos anuales a los bienes inmuebles, la emisión de certificado catastral el uso de suelo; y finalmente, el plano de ubicación del inmueble que adquirió vía proceso de usucapión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
- debiendo notificarse oportunamente con la misma al peticionante
- III.2. Análisis del caso concreto
- La notificación será practicada en el lugar que éstos hayan señalado expresamente como domicilio a este efecto
- REVOCAR