SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0788/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0788/2015-S2

Fecha: 15-Jul-2015

1)

Dionicio Quispe López, Director Departamental de Educación de Potosí, por informe escrito de 29 de enero de 2015, cursante de fs. 111 a 112 vta., expresó que: 1) La acción interpuesta, no cumple el requisito de subsidiariedad, por cuanto no agotó la instancia administrativa, correspondiente al recurso de revocatoria y jerárquico, establecidos en el marco del art. 56 de la LPA, contra los actos administrativos definitivos que obstaculizaron e impidieron que pueda firmar la planilla de asistencia y ejercer el cargo, ante el Director General del mencionado Instituto, para ello tenía el plazo de diez días, y al no hacerlo perdió la posibilidad de recurrir al recurso jerárquico ante la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la Dirección Departamental de Educación, lo cual no hizo, según disponen los arts. 66 y ss. de la LPA; y, 2) No cumplió el principio de inmediatez al presentar esta acción tutelar después de transcurridos seis meses y seis días, teniendo en cuenta su confesión espontánea sobre que se constituyó en el citado Instituto el 10 de julio de 2014, donde se originaron los hechos denunciados; y, no así el 18 de julio del mismo año, cuando presentó el memorial ante su Dirección, a fin de que resuelva el conflicto, por lo cual, solicita que la acción de amparo constitucional sea rechazada in límine, con costas.