DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2015

Fecha: 11-Ago-2015

“Artículo 25° ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL.-

5. Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, a los treinta (30) días de su presentación por el Alcalde o Alcaldesa Municipal, incorporando la delimitación del radio urbano y rural de su jurisdicción. En caso de que el Concejo Municipal no se pronunciara en el plazo señalado, dichos planes y programas se darán por aprobados”.

18. Aprobar el presupuesto del Concejo Municipal, la planilla presupuestaria para la remuneración de los Concejales y Concejalas, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; así como la escala de viáticos y gastos de representación conforme a Ley, para su consolidación en el presupuesto municipal”