SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2015-S1
Fecha: 11-Ago-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, a la vivienda, a la petición y al debido proceso, por cuanto la autoridad judicial demandada, dentro del proceso sumario de reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria y reivindicación seguido por Helena Herrera Flores de Serrano contra Máximo Taboada Acarapi y Nancy Vela de Taboada, (del cual no formó parte, mucho menos fue notificada con la demanda principal), determinó la entrega del bien inmueble que posee y ocupa, librándose mandamiento de desapoderamiento, sin considerar que tiene el derecho propietario del referido inmueble, existiendo la amenaza de ser desalojada sin haber sido oída, ni juzgada en un debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.Hechos controvertidos y derecho a la propiedad
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.5.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR