SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2015-S1

Fecha: 11-Ago-2015

denegó

La Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantía, mediante la Resolución 69/2015 de 12 de febrero, cursante de fs. 303 a 307 vta., denegó la tutela solicitada de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) El AS 194/2014 contiene la debida motivación y fundamentación, y explicó claramente por qué se llegó a anular obrados, como ser la imposibilidad por el transcurso del tiempo de convalidar un acto nulo que resulta ser imprescriptible, existiendo un equilibrio razonable entre la parte considerativa y la parte dispositiva, en consecuencia no se vulneró el debido proceso en ninguna de sus vertientes señaladas; b) La parte accionante tuvo a su alcance el derecho a la tutela judicial efectiva pues asumió defensa desde un principio utilizando para tal efecto las vías administrativa, judicial y constitucional por lo que no se evidenció la vulneración de este derecho; c) La accionante no utilizó medios impugnativos pertinentes a su alcance como son el recurso de revocatoria y el jerárquico; y, d) No se advirtió la existencia de acto discriminatorio alguno que pueda derivar en la vulneración del derecho a la igualdad procesal de las partes pues toda pretensión de las mismas fue regulada con la aplicación de normas adjetivas y sustantivas.