Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2015-S1
Fecha: 18-Ago-2015
II.3.
II.3. El 12 de febrero de 2015, a horas 09:50 la abogada de los accionantes solicitó la suspensión de la audiencia de consideración de apelación de medida cautelar programada para ese día a horas 09:30, argumentando, imposibilidad personal de asistir por estar notificada dentro de otro proceso el día y hora señalados, haciendo además notar que la diligencia de notificación fue realizada fuera de las veinticuatro horas que se ha estatuido para poder comunicar a sus clientes (fs. 7 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el mandamiento de aprehensión para la comparecencia en la audiencia de medidas cautelares
- III.2. De la justificación de inasistencia a la audiencia de consideración de medidas cautelares por impedimento del abogado defensor
- III.3.
- Simón Wilmer Galvez Jiménez
- i)
- CONFIRMAR