Sentencia Constitucional Plurinacional: 0827/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0827/2015-S2

Fecha: 12-Ago-2015

debe interponerse la acción tanto contra el servidor público, persona individual o colectiva que cometió la vulneración que se alega, así como contra la que tiene facultad para revisarla, modificarla o en su caso dejarla sin efecto

En ese orden, teniendo en cuenta que la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional, exige la coincidencia entre la persona o autoridad que presuntamente cometió la trasgresión de derechos fundamentales y garantías constitucionales y aquella contra quién se dirige la acción; se precisó que, en los casos en los que se denuncia la ilegalidad de los actos realizados tanto por la autoridad que conoció en primera instancia la causa, así como del tribunal que podía corregir lo decidido por aquella; este Tribunal concluyó ser necesaria la interposición de la acción de amparo constitucional contra ambas autoridades o tribunales al tener éstas la legitimación pasiva para responder por los actos acusados de ilegales; la primera por ejecutar el acto ilegal, y la segunda, por confirmar la determinación asumida, sin corregir los errores denunciados pertinentemente a través del medio de impugnación respectivo. Así, la SCP 0123/2012 de 2 de mayo, entre muchas otras, citando a su vez fallos constitucionales anteriores, estableció que: “…ante la vulneración de derechos y garantías debe interponerse la acción tanto contra el servidor público, persona individual o colectiva que cometió la vulneración que se alega, así como contra la que tiene facultad para revisarla, modificarla o en su caso dejarla sin efecto; en ese entendido, la SC 0639/2010-R de 19 de julio, que hizo referencia a su vez a la SC 1445/2004-R de 7 de septiembre, manifestó que la acción de amparo constitucional debe dirigirse: ‘...no sólo en contra de la autoridad que ejecutó el acto ilegal, sino también de aquella que revisó esa actuación y no la corrigió’.