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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2015-S2

    Fecha: 12-Ago-2015

    II.3.

    II.3.  Del mismo modo, en casación, la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, a través del Auto Supremo 220/2014 de 15 de agosto, declaró infundado el recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto por la empresa accionante; sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LACG) y 52 del DS 23215 de 22 de julio de 1992 (fs. 8 a 11 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • III.1.La valoración de la prueba en la jurisprudencia constitucional
    • Fragmento 12
    • III.2.De la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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