SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2015-S2

Fecha: 25-Ago-2015

Sujetos procesales

Dentro de un proceso judicial son sujetos procesales las partes; es decir, la persona que promueve una pretensión ante el órgano jurisdiccional, la persona contra la que tal pretensión se dirige y el juez que debe decidir en torno a la misma. El objeto es la pretensión misma. Ahora bien, los sujetos procesales son individuales cuando actúan directamente y a nombre propio e indirectamente mediante un apoderado. Sin embargo, las personas jurídicas, por su propia naturaleza, siempre actúan de manera indirecta y a través de un representante legal como es el caso de las empresas que se constituyen en sujetos procesales mediante su representante legal, cuya personería debe acreditarla debidamente para asumir la representación de la misma dentro del proceso.