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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S2

    Fecha: 27-Ago-2015

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.   La acción de libertad y el debido proceso
    • la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados.
    • III.3.  La acción de libertad y la extinción de la acción penal
    • que la extinción de la acción penal, debe ser planteada, mediante la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 13
    • III.4.  La carga de la prueba en la acción de libertad
    • Fragmento 15
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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