SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
III.3. La acción de libertad y la extinción de la acción penal
III.3. La acción de libertad y la extinción de la acción penal
La jurisprudencia constitucional, ha desarrollado ampliamente lo referente a la solicitud de extinción de la acción penal, siendo ratificada dicha jurisprudencia mediante la SCP 0322/2012 de 18 de junio, que señaló: “‘Al respecto resulta necesario recordar que a partir de la SC 1983/2004-R de 17 de diciembre, cuyo entendimiento ha sido reiterado en las SSCC 1542/2005-R, 1607/2005-R, se ha establecido que ante problemáticas en las que se denuncia procesamiento y detención indebidos por no haberse declarado la extinción de la etapa preparatoria por el transcurso del plazo máximo de la etapa preparatoria, su análisis no puede efectuarse a través del hábeas corpus al constituir una problemática que no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad de locomoción por no operar como causa de su restricción, y que al ser un extremo que se encuentra vinculado con la garantía del debido proceso, la parte afectada puede acudir ante la jurisdicción constitucional con la interposición del recurso de amparo constitucional una vez agotados los medios y recursos reconocidos en la jurisdicción ordinaria…’”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados.
- III.3. La acción de libertad y la extinción de la acción penal
- que la extinción de la acción penal, debe ser planteada, mediante la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.4. La carga de la prueba en la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR