Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 002/2015 de 12 de febrero, cursante de fs. 31 a 37, pronunciada por el Juez Técnico del Tribunal Sexto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin costas por ser excusable.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.2.
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre la actuación de los Jueces demandados
- “La existencia de elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es, con probabilidad, autor o partícipe del hecho punible”
- III.3.2. Sobre la actuación de los Vocales demandados
- REVOCAR en todo