Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0251/2015-RCA
Fecha: 10-Sep-2015
I.6. Trámite Procesal
Por decreto constitucional de 6 de julio de 2015 (fs. 110), se suspendió el plazo por solicitud de documentación complementaria, una vez enviada la misma, se dispuso la reanudación del plazo por proveído de 22 del mismo mes y año (fs. 116), en mérito a ello el presente Auto Constitucional se pronuncia dentro de plazo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- no presentada
- i)
- I.6. Trámite Procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- evidenciándose que la presente acción de amparo constitucional se encuentra dentro del plazo previsto por el art. 129.II de la Norma Suprema, desvirtuándose este hecho como un motivo para la no admisión de esta acción constitucional.