DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0179/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0179/2015

Fecha: 22-Sep-2015

art. 90,

El parágrafo III del art. 90, aun es incompatible con la Norma Suprema, en razón a que éste expresa: “La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública municipal conforme el artículo 241. II”, texto del cual se puede advertir que hace referencia a un articulado, pero éste carece de la norma a la que pertenece, aspecto que crea inseguridad jurídica y conforme al art. 9.2 de la CPE, el estatuyente debe dar certidumbre de las normas sobre las cuales hará remisión o aplicará de acuerdo al caso; por otra parte, también denota un mandato para la sociedad civil organizada al indicar que ejercerá el control social contrariando el art. 241.VI de la CPE, que expresa: “Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social por parte de la sociedad”; razón por la cual, el estatuyente debe circunscribirse a adecuar el contenido.