Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2015
Fecha: 30-Sep-2015
Fragmento 13
Conforme al texto de las normas citadas de la Ley del Órgano Judicial, el Consejo de la Magistratura de Justicia, es la entidad encargada del control disciplinario de las vocales y los vocales, juezas y jueces, auxiliar y personal administrativo de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental, de las jurisdicciones especializadas y de la dirección administrativa y financiera, encargada también de determinar la cesación de los cargos señalados, cuando dichos funcionarios en el ejercicio de sus funciones incurran en faltas disciplinarias gravísimas, determinadas en la Ley precitada.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Síntesis del recurso
- Fragmento 3
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- III.2. Sobre las atribuciones establecidas dentro de la Constitución Política del Estado y la Ley del Órgano Judicial del Consejo de la Magistratura de Justicia
- I.
- 7 del mismo artículo y Constitución, advierte de preseleccionar a los candidatos para la conformación de los tribunales departamentales de justicia para que sean designados por el Tribunal Supremo de Justicia
- 2.
- 3. Preseleccionar, a través de concurso de méritos y examen de competencia, a las candidatas y candidatos a servidoras y servidores públicos de apoyo judicial de las jurisdicciones ordinaria y agroambiental y presentar listas ante el Tribunal Departamental de Justicia para la correspondiente designación;
- Fragmento 13
- 12.
- III.3. Análisis del caso concreto
- INFUNDADO