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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S1

    Fecha: 04-Sep-2015

    a)

    Solicitó se conceda la tutela, disponiendo: a) Que en el plazo de veinticuatro horas se proceda a la devolución de los dineros descontados a su persona; y, b) En su defecto se le responda afirmativa o negativamente con la debida motivación y fundamentación, las razones en la que se sustente dicha respuesta.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • improcedente in limine
    • I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • concedió
    • II.2.
    • II.8.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.          Entendimientos jurisprudenciales respecto al derecho a la petición
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.2.          Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en parte

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