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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S1

    Fecha: 04-Sep-2015

    II.10.

    II.10.  La comunicación interna AN-GNAGC 179/15 de 13 de mayo de 2015, refiere que el 7 de abril del mismo año, se efectuó el abono de la suma de                                Bs4 230,10 a la cuenta de ahorro del Banco Unión 10000004941759, cuyo titular es Fernando Amílcar Pérez Hurtado (fs. 114 a 116); no se tiene en obrados notificación al accionante con esa comunicación.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • improcedente in limine
    • I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • concedió
    • II.2.
    • II.8.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.          Entendimientos jurisprudenciales respecto al derecho a la petición
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.2.          Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en parte

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