SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2015-S1
Fecha: 04-Sep-2015
Fragmento 14
De los antecedentes que cursan en obrados, se establece que la Autoridad Sumariante de la ANB, emitió Auto de Inicio de Proceso Interno AN-GEGPC 0392/2012 de 14 de noviembre, contra Fernando Amílcar Pérez Hurtado y otros; por Resolución Final AN-GEGPPC-SM 0222/2012 de 26 de diciembre, se dispuso responsabilidad administrativa para los procesados, entre ellos el ahora accionante, sancionándolos con la suspensión de su fuente laboral por el lapso de veintiún días sin goce de haberes, ordenando que la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas de la misma institución, cumpla tal determinación, a partir del 10 de abril 2013 al 30 del igual mes y año; posteriormente, mediante Resolución Ministerial 556/13 de 16 de agosto del referido año, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, anuló obrados hasta el Auto de Inicio de Proceso Interno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente in limine
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Entendimientos jurisprudenciales respecto al derecho a la petición
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte