Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2015-S3

    Fecha: 09-Sep-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • concedió provisionalmente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • por tanto cuando se deniegue la tutela en la justicia constitucional por no haberse acreditado dichos extremos o los mismos están siendo controvertidos, corresponde que se acuda a la jurisdicción ordinaria para que asuma las acciones necesarias de protección de los derechos fundamentales comprometidos frente a las medidas o vías de hecho denunciadas
    • las jurisdicciones ordinaria, agroambiental e indígena originario campesinas, debiendo los jueces naturales, adoptar las medidas jurisdiccionales pertinentes para el resguardo de los derechos fundamentales salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca