SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

fue respondida

Posteriormente, el accionante entendió que al no ser contestadas sus notas enviadas a los demandados, estos la dilataron; al respecto, de acuerdo a los establecido en la Conclusión II.5 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, se evidenció que dicha petición fue respondida por el Decano de la facultad de medicina demandado, el

Consecuentemente, si bien la señalada respuesta fue de carácter positivo en el fondo; es decir, referente a la anulación de dicha convocatoria, se entiende que los derechos de todas aquellas personas que fueran afectadas con la misma, volverían a postularse de manera pública, no afectando derechos; lo que condice además de manera plena, el cumplimiento del Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.