SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

denegó

El Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución AD/008/2015 de 13 de marzo, cursante de fs. 43 a 44, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Es evidente que los hechos que dieron lugar a la presente acción tutelar, ya fueron objeto de consideración en la Resolución 09/2015, emitida por    la Jueza Segunda de Sentencia Penal de El Alto del indicado departamento, en la audiencia llevada a cabo el 12 de marzo de 2015; por lo cual, mediante esta acción de defensa, se está tratando de conminar al Juez demandado a cumplir lo dispuesto en la citada resolución; ii) El Tribunal Constitucional Plurinacional, estableció que no se puede solicitar el cumplimiento de una resolución emanada de un Juzgado o de un tribunal de garantías, mediante la interposición de otra acción constitucional; y, iii) Conforme prevén los arts. “38.8” (no es lo correcto) y 40.II del Código Procesal Constitucional (CPCo) señala que: “La Jueza, Juez o Tribunal en Acciones de Defensa, para el cumplimiento de sus resoluciones, sin perjuicio de      la responsabilidad penal, adoptará las medidas necesarias, pudiendo requerir la intervención de la fuerza pública…”; por lo que, lo peticionado por el accionante, respecto al cumplimiento de lo dispuesto por el Juez de garantías en otra acción de defensa, no está dentro del ámbito de protección de la acción de libertad.