Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En busca de reivindicación de sus derechos a la vida y a la libertad, planteó varias acciones de libertad, siendo la última suspendida varias veces y remitida sin ninguna justificación de un juzgado a otro hasta que el último en conocer la causa fue el Segundo de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz; el cual, sin ninguna justificación y fundamentación legal vuelve a suspender la audiencia, sin tomar en cuenta que ello no es posible “por ningún motivo” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- las acciones constitucionales no son el medio o la vía idónea para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de amparo constitucional, como tampoco son la vía para pretender corregir supuestas irregularidades procesales que se hubieran presentado dentro de otra acción tutelar
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra, ello significa ir contra la naturaleza jurídica de la acción de libertad es este caso
- III.3.Análisis del caso concreto
- Fragmento 14