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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2015-S1

    Fecha: 22-Sep-2015

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El representante sin mandato de Jorge Manrique Alvarado, alegó la violación de los derechos a la libertad y al debido proceso en su componente derecho a la defensa, “respeto al principio de celeridad y seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 115, 117, 119, 120 y 123 de la Constitución Política del Estado (CPE).  

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de los demandados
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
    • La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta
    • III.3.
    • CONFIRMAR

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