SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

II.1.

II.1.  Dentro del proceso civil ejecutivo seguido por Enrique José Urquidi Prudencio en representación del Banco Nacional de Bolivia S.A. -ahora accionante- en contra de Lucy Marina Fernández Alanez -ahora tercera interesada-, la Institución bancaria adquirió legítimo derecho sobre el inmueble ubicado en Avenida Hernando Siles 670, mediante venta judicial y al no haber podido tomar posición del citado inmueble, solicitó al Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Chuquisaca, se libre mandamiento de desapoderamiento y en la vía incidental la cancelación de gravámenes (fs. 73 y vta.), que fue resuelta por el Juez de la causa mediante Resolución de 12 de febrero de 2014, que declaró improbado el incidente (fs. 80 y vta.); mismo, que fue apelado por la parte ahora accionante (fs. 92 a 95 vta.); pronunciándose el Tribunal de alzada, mediante Auto de Vista 148/2014 de 31 de marzo, anulando la resolución  apelado por falta de fundamentación (97 a 98); por lo que el citado Juez, emitió nueva Resolución de 9 de abril de 2014, declarando nuevamente improcedente el incidente (fs. 105 a 106); apelando de nuevo la institución accionante (fs. 112 a 116 vta.); posteriormente, el Juez de la causa otra vez emitió Resolución de 20 de junio del citado año, declarando improbada el incidente de cancelación (fs. 118 a 119 vta.).