SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

II.3.

II.3.  Consta Auto interlocutorio definitivo 130 de 24 de febrero de 2014, pronunciado por la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, que en su parte resolutiva instruyó la cancelación inmediata y sin dilaciones de las acreencias a los acreedores extraconcursales y concursales, estableciendo el orden correspondiente (fs. 28 a 34); se constata que no consideró al BCB como acreedor concursal (fs. 30 vta.). Posteriormente, la citada autoridad emitió el Auto complementario 147 de 5 de marzo de 2014 (fs. 35) otorgando un plazo de ocho días a la Interventora del Banco Sur S.A. en liquidación para que presente informe final y proyecto de distribución, y de tres días para la efectivización de los pagos correspondientes.