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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2015-S3

    Fecha: 17-Sep-2015

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante señala como lesionados sus derechos a la estabilidad laboral, al trabajo y a la remuneración, citando al efecto los arts. 48.II, 49 y 50 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y, 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Jurisprudencia reiterada
    • no resulta lógico que la justicia constitucional ejecute una resolución que no respeta estándares del debido proceso
    • lo contrario resultaría inejecutable, debiendo en su caso, previamente subsanarse en la vía administrativa previamente a que la justicia constitucional disponga su ejecución
    • TÉCNICO II
    • REVOCAR

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