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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2015-S3

    Fecha: 14-Sep-2015

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 02/2015 de 4 de marzo, cursante de fs. 214 vta. a 220, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Rosario Paco Vargas de Gaspar contra Juan José Chavarría Ondarza, Juez Primero de Instrucción Liquidador, Mixto y cautelar de Llallagua del departamento de Potosí.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III.1.  El debido proceso vía acción de libertad
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • Cuando existe imputación
    • III.3.1.
    • que dicho entendimiento fue reconducido por la SCP 1609/2014 de 19 de agosto
    • III.3.2.
    • CONFIRMAR

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