SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2015-S3

Fecha: 14-Sep-2015

que dicho entendimiento fue reconducido por la SCP 1609/2014 de 19 de agosto

Sin embargo, corresponde aclarar que dicho entendimiento fue reconducido por la SCP 1609/2014 de 19 de agosto, en el sentido que: “…partiendo de la propia naturaleza jurídica de la acción de libertad, desarrollada en el Fundamento Jurídico anterior y cuyo principal objetivo es precisamente tutelar de manera específica el derecho a la libertad, no puede modificarse su esencia y ampliar su espectro de acción a aquellos asuntos netamente procedimentales que, aun cuando devengan del área penal, no se hallen en vinculación con el derecho a la libertad; en consecuencia, mediante la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se hace necesario reconducir el anterior entendimiento y restablecer la jurisprudencia constitucional previa, respecto a la exigencia de vinculación entre el derecho a la libertad y el debido proceso”.