SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0899/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde hace varios años atrás, más de ochocientas familias, se hicieron poseedoras del "Barrio OTB PERLA DEL ACRE" (sic), lugar en el que construyeron sus viviendas, "algunos de material y otros de madera" (sic); sin embargo, de un tiempo a esa parte Juan Silvestre Saucedo Azebedo, hijo de la supuesta propietaria del terreno que en vida fue Martha Azebedo de Saucedo, profiere insultos y amenazas contra todos los que habitan el mencionado terreno. Por lo que el 8 de junio de 2012, interpusieron una acción de amparo constitucional, misma que les fue concedida, disponiendo que los demandados no se acerquen a los predios que son poseídos por los impetrantes por más de siete años; empero, no obstante lo señalado, los codemandados, se dieron a la tarea de amenazarlos por lo que tuvieron que dar a conocer esos hechos, denunciando incumplimiento de la Resoluciòn emitida en la acción interpuesta anteriormente.
Verushka Saucedo Becerra acompañada de Abdul Farid Miguel Yepez y otra persona, ingresaron a los terrenos y sustrajeron maderas, puertas, mesas, catres, camas y distintos bienes; asimismo, utilizando una motosierra cortaron los horcones y techos; se llevaron en un camión las calaminas y los cercos de las construcciones desmantelando sus viviendas, incurriendo en acciones delictuosas como el avasallamiento, allanamiento de domicilio y destrucción de propiedad privada; además de ello, ayudados por Jhenny Chiguana Espinoza y utilizando un tractor pasaron por encima sus demás pertenencias.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III.
- Fragmento 16
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) El derecho de uso; b) El derecho de goce; y, c) El derecho de disfrute. Asimismo, estos tres elementos tienen un sustento axiológico que refuerza dicho contenido esencial, basado en los valores libertad, igualdad, solidaridad y justicia. Por su parte, es imperante además precisar que este núcleo esencial del derecho fundamental de propiedad, genera a su vez obligaciones negativas tanto para el Estado como para particulares que se traducen en las siguientes: 1) Prohibición de privación arbitraria de propiedad; y, 2) Prohibición de limitación arbitraria de propiedad…
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR