Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Considera que las autoridades demandadas lesionaron su derecho a la seguridad jurídica, acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso en su manifestación de igualdad de partes y fundamentación de las decisiones judiciales, citando al efecto los arts. 115.I.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); arts. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Sobre los alcances del debido proceso
- 2)
- Fragmento 13
- III.2. Fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- sólo en aquellos casos en que la argumentación es decididamente defectuosa, abiertamente insuficiente o, en últimas, inexistente, puede el juez de tutela intervenir en la decisión judicial para revocar el fallo infundado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR en todo