Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
II.1.
II.1. Mediante Sentencia 002/2013 de 10 de mayo, la Jueza de Instrucción Mixto y Cautelar de San Borja del departamento del Beni, declaró probada la demanda sumaria de acción negatoria interpuesta por Freddy Epifanio Mercado Coaquira contra Cecilia Mazarro Miqui, determinando en su parte resolutiva la inexistencia de derecho alguno de la demandada sobre el inmueble urbano ubicado en la calle Abaroa s/n, de la zona sud, manzano 9, con una extensión superficial de 1539 m2, de la localidad de Rurrenabaque (fs. 56 a 58).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y los principios de subsidiariedad e inmediatez para su interposición
- III.2. Análisis del caso
- computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- CONFIRMAR