Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
II.3.
II.3. Mediante Auto Supremo 11/2013 de 29 de noviembre, los Vocales de la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, declaró improcedente el recurso de casación interpuesto por Cecilia Mazarro Miqui contra el Auto de Vista 02/2013 (fs. 112 a 114).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y los principios de subsidiariedad e inmediatez para su interposición
- III.2. Análisis del caso
- computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- CONFIRMAR