SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0923/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0923/2015-S2

Fecha: 22-Sep-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Sergio Antonio Verduguez Guzmán, ratificó los términos de la demanda y acotó que en ningún momento se autorizó o facultó a los Vocales demandados a modificar el fondo de la Resolución, ellos inicialmente revocaron la Resolución de 19 de marzo de 2010 y declararon improbada la excepción de incompetencia; ese Auto de Vista fue objeto de acción de amparo constitucional y la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió la Resolución constitucional de primera instancia.

A la pregunta de Jimmy López Rojas, Presidente de la Sala Social y Administrativa, –Tribunal de garantías–, sobre si él era el apoderado del accionante, respondió que el poder debería estar antes de la acción, adjuntaron el mismo; en la demanda de acción de amparo constitucional, se mencionó acerca del “Poder 455/2014”, presumiendo que se encontraría en la Sala porque no se objetó la personería, desconociendo por qué razón no está adjuntado al expediente.