SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2015-S2
Fecha: 23-Sep-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Adquirió un inmueble en la zona de Colcapirhua, municipio de Quilacollo del departamento de Cochabamba, el 13 de enero de 2015; inmueble que no tenía ningún gravamen ni restricción; sin embargo, una vez que tomó posesión del mismo, advirtió por los vecinos y por la cámaras de seguridad que habían personas que pretendían pegar documentos en la puerta y sacaban fotos a la fachada de su inmueble; habiendo recibido a principios del mes de enero, una llamada de un abogado que habló a nombre del codemandado Carlos García Solano, indicando que la ex propietaria tenía deudas constituyendo el inmueble su garantía, amenazándole con iniciarle procesos legales por adquirir una propiedad en dichas condiciones. En ese contexto, realizaron una serie de llamadas a su celular y se presentaron exigiendo dineros, amenazando con “que el Juez de una causa civil que trabajaba con ellos y que procederían a gravar (le) (su) casa para evitar que pueda vender o dar en anticrético” (sic).
Precisa que, “el proceso de hostigamiento” (sic) citado supra, se materializó al recibir una notificación del Juez codemandado en una causa civil “al parecer de cobranza de dineros” (sic), en la que pese a no tener legitimación pasiva ni activa, fue citado como demandado, anotando preventivamente su inmueble; demanda que tiene vinculación con las amenazas del particular codemandado y de su abogado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la persecución ilegal o indebida como presupuesto de la activación de la acción de libertad preventiva y restringida
- 1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley...’”
- la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, la vida o algún otro derecho estrictamente vinculado a éstos dos últimos; afectaciones que por su naturaleza, inequívocamente deben ser tuteladas a través de la acción de libertad
- III.2.
- CONFIRMAR en todo