SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1498/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1498/2015-S2

Fecha: 15-Sep-2015

III.3. Organización, atribuciones y funcionamiento de los servicios departamentales de salud

           Conforme los arts. 7, 8 y 9 de la precitada Norma Legal, el Director Técnico, constituye el nivel superior de decisión, responsable de dirigir las actividades, y representar legalmente al SEDES, además que en el inc. k) del último artículo citado, es su atribución contratar, remunerar, promocionar y retirar al personal de la oficina central del SEDES y los directores distritales, según normas de la carrera sanitaria y del sistema de administración de personal del sector público, contratar y retirar al personal de las oficinas distritales y establecimientos de primer y segundo nivel de atención a propuesta de los directores de distrito, en aquellos que por razones de eficiencia y costo no se hubiera desconcentrado esta función.