Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se ordene al Tribunal Quinto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, que -como medida cautelar- no dicte nueva resolución de la solicitud de extinción del proceso penal, hasta que se dicte una Resolución constitucional firme y se conceda el amparo solicitado, anulando el Auto de Vista 087 de 1 de junio de 2015, emitido por las Vocales ahora demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- I.3.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa
- CONFIRMAR