SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

Fragmento 12

Ahora bien, de antecedentes se tiene que, las autoridades demandadas mediante Auto de Vista de 8 de diciembre de 2014, declararon procedente la apelación incidental interpuesta por el ahora tercero interesado y deliberando en el fondo revocaron el Auto emitido por el Juez a quo y por consiguiente admitieron y declaron procedente las excepciones de falta de acción, prejudicialidad e incompetencia en razón de la materia, disponiendo la remisión de antecedentes ante el Juez coactivo fiscal llamado por ley, así como el archivo de obrados, dejando la vía expedita a las partes para que acudan donde legalmente corresponda para hacer valer sus derechos (Conclusión II.1.).