SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2016
Fecha: 14-Ene-2016
II.2.
II.2. Mediante certificación de 8 de mayo de 2014, emitida por la Dirección de Ordenamiento Territorial dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba se refirió que: “De acuerdo a la inspección técnica realizada por la Dirección de Ordenamiento Territorial y verificado en los Planos Sectoriales del Municipio de Sacaba, se pudo constatar que los predios en cuestión indicados por el interesado, se encuentran ubicados en ÁREA URBANA, pertenecientes a la jurisdicción de Sacaba (…) Según el Plan de Desarrollo Urbano-Rural Sostenible del Municipio de Sacaba aprobado por el H. Concejo Municipal de Sacaba con Resolución Municipal N° 101/96 de fecha 12 de septiembre de 1996, donde Resuelve Art. Tercero, se ratifica la Mancha Urbana planteada en el Plano C-2, ‘Planos de Uso de Suelos-Valle de Sacaba’” (sic) (fs. 22).
- I.1. Antecedentes procesales del conflicto de competencias realizados ante la Jueza Novena de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba
- I.2. Alegaciones de la Jueza Novena de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba
- a)
- Fragmento 4
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- presupuestos concurrentes para determinar
- régimen legal de la tierra y en especial la jurisdicción a aplicarse, no puede quedar librada única y exclusivamente a lo que dispongan los Gobiernos Municipales en cuanto al uso del suelo y menos aún cambiar automáticamente por el sólo hecho de ampliarse la mancha urbana
- la autoridad judicial frente a semejante disyuntiva, a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código Civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria
- debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas
- III.2. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE