SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016

Fecha: 14-Ene-2016

no existe delito sin ley

Cabe señalar que, el tipo penal o conducta delictiva, se cimienta sobre dos pilares fundamentales: el precepto y la pena, constituyendo el primero, la descripción de la conducta que infringe una prohibición o incurre en omisión de un mandato; y, el segundo, la pena o sanción, que refleja la reacción del Estado frente a la conducta u omisión descrita en el tipo; composición que se dilucida del principio de legalidad o “nullum crimen nulla poena sine lege”, que textualmente prevé que no existe delito sin ley, lo que significa que no existe delito sin norma que lo establezca; y, por el otro, el principio prescribe que no existe pena sin ley, lo que implica que, una vez establecido el delito, éste no puede ser sancionado si el legislador no prevé la pena correspondiente.