SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-S2

Fecha: 18-Ene-2016

es imprescindible que el recurrente fundamente en su recurso, ahora acción, qué valores o principios supremos fueron desconocidos, qué métodos o criterios de interpretación no fueron aplicados y qué derechos o garantías fueron vulnerados y por qué motivos, siendo necesario además, que el accionante explique a qué resultado se hubiera llegado si la interpretación se efectuaba de diferente manera,

Si bien, entonces, la justicia constitucional puede analizar la interpretación de la legalidad ordinaria en los supuestos anotados; empero, de conformidad a la SC 0085/2006-R de 25 de enero, es imprescindible que el recurrente fundamente en su recurso, ahora acción, qué valores o principios supremos fueron desconocidos, qué métodos o criterios de interpretación no fueron aplicados y qué derechos o garantías fueron vulnerados y por qué motivos, siendo necesario además, que el accionante explique a qué resultado se hubiera llegado si la interpretación se efectuaba de diferente manera, conforme al siguiente razonamiento: